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Transparencia y Acceso a la Información Pública

En cumplimiento a la Ley 1712 /2014, Decreto 103 /2015, Resolución 1519/202 y Decreto MinTIC 3564/2015, El Cuerpo de Bomberos Voluntarios del Municipio de Bugalagrande, pone a disposición de la ciudadanía en general, la nueva sección de Transparencia y Acceso a la Información Pública:

1. Mecanismos de Contacto

Disponemos de la información relacionada con los datos básicos de la institución, especificando los canales de comunicación para los ciudadanos, usuarios y grupos de interés disponibles.

Como llegar:

2. Información de interés

Colocamos en este sitio el conjuntos de datos abiertos que publica la institución, así como toda aquella información adicional de interés para los ciudadanos, usuarios y grupos de interés disponibles.

De acuerdo a la normatividad legal, la siguiente información esta publicada y agrupada en una misma sección de este sitio web, cualquier error o falla, disponemos de diversos canales de comunicación para que nos sea informado:

Hacer Clic em el siguiente enlace
Acceso al portal de Datos Abiertos

En esta sección podrán encontrar las publicaciones y promociones a disposición de nuestras unidades y ciudadanía en general, adicionalmente en nuestras redes sociales (Facebook, Instagram, etc.) encontraran las publicaciones de la institución.

¡Haz parte de nuestro equipo!

Se necesita tener un corazón grande, un alma buena con espíritu altruista y otras cualidades físicas y psicológicas para hacer lo que a través de la historia han hecho los Bomberos Voluntarios de Bugalagrande.

Si quieres hacer parte de nuestro voluntariado ten en cuenta los siguientes requisitos (Sugeridos):

Requisitos para ser Bombero Voluntario

1.  Ser mayor de edad.

2.  Ser ciudadano colombiano o extranjero con cédula de extranjería.

3.  Nivel educativo: Ser bachiller o próximos a graduarse como técnico, tecnólogo o profesional.

4. Aprobar el proceso de selección: pruebas físicas, exámenes médicos, pruebas psicológicas.

5.  No tener antecedentes judiciales.

6. El candidato debe demostrar actitud de servicio, trabajo en equipo, autocuidado, sentido de pertenencia, respeto hacia las normas.

Mediante aprobación del Consejode oficiales, la comandancia del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Bugalagrande es la encargada de abrir la convocatoria para el proceso de ingreso de aspirantes a conformar nuestro equipo de bomberos.


Nota: Las convocatorias para realizar el curso de Bomberos se publicarán por nuestras redes sociales y página web, te invitamos a seguirnos para que estés informado.

A partir de la fecha de publicación y apertura de la actual página Web (www.bomberosbugalagrande.org) nuestra institución se compromete a divulgar las preguntas más frecuentes que realice la comunidad a través de los canales de comunicación establecidos como redes sociales (Facebook, Instagram, Twitter, etc.), Correo electrónico, Mensajería WhatsApp, Vía telefónica fija y móvil y despacho en punto fijo.

Adicional a lo anterior, El Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Bugalagrande ha dispuesto en este portal Web el SISTEMA PQRSDF, en el cual se recepcionarán todas peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones de la comunidad en general y que de alguna manera darán la opción de nutrir la sección de «Preguntas y Respuestas».

Contenido del conmutador
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La autoridad.

El Consejo de Oficiales es la máxima autoridad de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios y está integrado por los oficiales en servicio activo. Lo anterior al tenor de la Ley 1575 de 2012 (Ley general de Bomberos) que consagra en su artículo 23:
«ARTÍCULO 23. Democracia interna. El Consejo de Oficiales es la máxima autoridad de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, y como tal le compete además de la elección del Comandante quien será su representante legal, la elección de Dignatarios y las demás que determine la Junta Nacional de Bomberos.Así mismo, nombrar el Revisor Fiscal quien será externo a los Cuerpos de Bomberos. Los Consejos de Oficiales, como máxima autoridad de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios, deben cumplir y hacer cumplir las directrices que imparta la Junta Nacional de Bomberos y la Dirección Nacional de Bomberos, deben controlar y vigilar la estructura interna de estos, toda vez que se trata de entidades que prestan un servicio público esencial de alto riesgo y, por ende, les corresponde orientar, generar y exigir, de acuerdo con las normas establecidas, las gestiones y directrices administrativas, operativas, fiscales, técnicas y afines, conducentes al logro de los objetivos institucionales.

El Consejo de Oficiales hará la elección de dignatarios del Cuerpo de Bomberos, en esa medida elegirá al Comandante, quien será el representante legal, y al Subcomandante, quien será el suplente en la representación legal del Cuerpo de Bomberos Voluntarios ante la ausencia temporal o definitiva del Comandante y podrá asignarles su remuneración, si fuera el caso. Igualmente elegirá a su mesa directiva compuesta por:

– Presidente
– Vicepresidente
– Secretario
– Tesorero
– Revisor Fiscal (externo a la Institución)

En los Cuerpos de Bomberos Voluntarios que sean creados, LA JUNTA DIRECTIVA cumplirá las funciones del Consejo de Oficiales hasta cuando exista un número plural de dos (2) o mas miembros cumpla los requisitos para ser ascendido al grado de Subteniente entre estos bomberos fundadores, con el apoyo del Coordinador Ejecutivo Departamental, se seleccionará a quien deba asumir el cargo de Comandante, sin que ello implique la asignación de un rango bomberil, pero se preferirá a quien tenga la calidad de bombero y el grado más alto. El Comandante, el Subcomandante y los demás Dignatarios serán elegidos para un período de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos por un periodo igual por parte del Consejo de Oficiales. En los Consejos de Oficiales donde existan parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, sólo uno de ellos podrá integrar la mesa directiva. Asimismo, en el caso de que algún miembro de la mesa directiva tenga grado de consanguinidad con algún miembro del Consejo de Oficiales, este miembro tendrá voz, más no voto, esto mismo se aplicará para la elección del Comandante y Subcomandante.

3. Estructura Orgánica / Talento Humano

Con el fin de describir la operación de las actividades del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Bugalagrande, y basados en el diseño organizacional, presenta el Modelo de Operación por Procesos de la institución, el cual contiene todos los procesos, procedimiento y demás documentos necesario para la toma de decisiones en cada una de las dependencias.

4. Normatividad

Los Cuerpos de Bomberos Voluntarios son aquellos organizados como asociaciones sin ánimo de lucro, de utilidad común y con personería jurídica expedida por las secretarías de gobierno departamentales, organizadas para la prestación del servicio público para la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos, en los términos del artículo segundo de la presente ley (1575 de 2012) y con certificado de cumplimiento expedido por la dirección Nacional de Bomberos.

5. Presupuesto y Estados Financieros

5.1. Presupuesto Anual
5.2. Estados Financiero